Saltar al contenido

Poderes

Poder preventivo: más vale prevenir que curar

Poder preventivo: más vale prevenir que curar

Los refranes populares encierran la sabiduría de antaño de forma clara, precisa y sintética. Pero, la pregunta que alguno se estará haciendo seguramente sea esta: ¿cómo me puede curar el notario?

Como bien sabe, quien le cura es el médico. Pero lo que muchas personas no saben es que quien les puede ayudar mucho a “prevenir” es el notario.

El poder preventivo notarial es un gran instrumento de protección a las personas, a la par que un gran desconocido entre el público en general. Mediante este poder, el poderdante puede conferir facultades de ámbito personal (tales como la relación habitual con los médicos) y facultades de ámbito patrimonial (habitualmente las que corresponden a un poder general), si bien cualesquiera de los dos ámbitos (personal y patrimonial) se pueden adaptar a las necesidades concretas de cada familia.

Las ventajas de este tipo de poder son múltiples. Sin duda la más destacada es que el poderdante puede escoger el momento en que el poder va a surtir efectos: desde que se firma o solo cuando pierda la capacidad para gestionar sus asuntos. Si existe un poder preventivo suficiente, normalmente no hará falta que un juez nombre a nadie para apoyarle, y el propio poder puede fijar las cautelas (rendición de cuentas, actos que requieren autorización) que el poderdante quiera.

Acudan al notario antes de que sea demasiado tarde: cuando alguien ya no puede expresar su voluntad, no puede otorgar el poder. Con él la familia se ahorra, en la mayoría de los casos, acudir al juzgado.

Envíenos un correo electrónico con sus datos y estaremos encantados de poder concertar una cita y atenderle personalmente.

Seguir leyendo

Volver a actualidad

Escríbanos por WhatsApp