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Notaría en el centro de Sabadell

Herencias en Sabadell

Tramitamos la herencia de principio a fin: desde la declaración de herederos hasta la aceptación y adjudicación de los bienes. Le ayudamos a entender el proceso y a cumplir los plazos fiscales, con el trato cercano que un momento así requiere.

Herencias y sucesiones
Qué incluye

Esto es lo que hacemos por usted

  • Aceptación y adjudicación de herencia
  • Declaración de herederos abintestato
  • Partición de bienes
  • Asesoramiento fiscal del proceso sucesorio

Cómo se tramita una herencia en la notaría

El primer paso es reunir el certificado de defunción, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y, si existe, una copia autorizada del testamento. Con ellos sabemos quién hereda y en qué proporción. Si no hay testamento, la propia notaría tramita la declaración de herederos abintestato, un acta en la que se acredita quiénes son los herederos legales.

Después se hace el inventario de los bienes (inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, participaciones) y las deudas, y se firma la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, en la que cada heredero recibe lo que le corresponde.

Herencias con Derecho civil catalán

En Sabadell, la mayoría de las herencias se rigen por el Libro IV del Código Civil de Cataluña. Sus reglas son distintas de las del Código Civil común: la legítima es una cuarta parte de la herencia líquida; el cónyuge o pareja estable tiene derecho a la cuarta viudal si lo necesita; y existen figuras propias como los pactos sucesorios y el usufructo universal del viudo.

Tener una notaría acostumbrada a estas particularidades evita errores caros. Nuestro equipo tramita herencias catalanas cada semana y cuenta con un departamento específico de sucesiones.

Plazos e impuestos

El Impuesto de Sucesiones se liquida ante la Agència Tributària de Catalunya en el plazo de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. Cataluña aplica reducciones importantes para cónyuge, descendientes y ascendientes, y una bonificación en la cuota que depende del grado de parentesco.

Si hay inmuebles, además se liquida la plusvalía municipal en cada ayuntamiento. La notaría puede encargarse de ambas liquidaciones y de inscribir los bienes a nombre de los herederos.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos necesito para empezar a tramitar una herencia?

Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento (si lo hay), DNI del fallecido y de los herederos, escrituras de los inmuebles, certificados bancarios a fecha de fallecimiento y recibos del IBI. Le enviamos la lista completa por WhatsApp.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se tramita en la notaría una declaración de herederos abintestato. En Cataluña heredan por este orden los hijos y descendientes, el cónyuge o pareja estable, los padres y ascendientes, y los hermanos y sobrinos. Necesita dos testigos que conozcan a la familia.

¿Cuánto tiempo tengo para aceptar la herencia?

No hay un plazo cerrado, aunque otros interesados pueden pedir que se le fije uno. El Impuesto de Sucesiones debe liquidarse en seis meses desde el fallecimiento. Conviene empezar cuanto antes para no perder bonificaciones ni generar recargos.

¿Puedo renunciar a una herencia?

Sí. La renuncia se hace en escritura pública ante notario y es irrevocable. Suele hacerse cuando las deudas superan los bienes. La renuncia no permite elegir a quién irá su parte: se lo explicamos antes de firmar.

Si prefiere ir directo a la documentación, en Trámites tiene la lista de cada uno; también puede pedírnosla por WhatsApp.

¿Lo vemos con calma?

Pida cita y revisamos su caso sin prisa. Si solo quiere salir de dudas, escríbanos por WhatsApp.

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